Una joven cantante llamada Rosalía ha sacado un disco en el que fusiona en flamenco con el Trap y, entre otras, la música electrónica. Es un disco brillante, creo, y además ha tenido éxito. Sin embargo, se han oído voces que dicen que Rosalía se ha apropiado de la cultura andaluza o gitana. Una cantante de rap como la Mala Rodríguez ha llegado a decir en una entrevista que Rosalía “está haciendo uso de ciertas cosas que pertenecen a la identidad del pueblo andaluz y de la comunidad gitana” (ABC, 27-07-2018, cursiva mía). Esto, la verdad, me produce una cierta desazón, porque el tema de la cultura en España no es en absoluto sencillo.

Intentaré, en los breves párrafos que siguen, clarificar este asunto de la apropiación cultural. Por apropiación cultural podemos entender de un modo directo el caso de una persona que se apropia de una obra concreta de otra. Esto afecta negativamente al autor en dos sentidos. El primer hace referencia al derecho moral de ser identificado como el autor de la obra. Los profesores universitarios, valga el ejemplo, por lo general no cobramos por los artículos que publicamos. Sin embargo, esperamos que nos citen cuando son utilizados. En caso contrario hablamos de plagio. Nuestra recompensa es el hecho de ser conocidos como autores de un análisis específico o de una teoría concreta. Las personas que se apropian de este trabajo sin reconocer al autor están atentando conta su prestigio y honor.

El segundo tiene que ver con el derecho a obtener una recompensa económica por un trabajo de creación cultural. Cuando alguien plagia el argumento de una novela, utiliza la base de una canción o copia un guion de una película sin el permiso del autor y recibe una recompensa por ello está apropiándose del trabajo de otra persona o de un conjunto de personas. En este caso la apropiación cultural atentaría contra la remuneración que los creadores culturales reciben por su trabajo.

En ambos casos, la apropiación de una obra concreta y específica, con un autor identificado, ataca a uno de los principios de las democracias liberales: la meritocracia. La legitimación de la desigualdad de recompensas, materiales o simbólicas, en este tipo de sociedades descansa en el trabajo de los individuos. Cuando alguien se apropia de su producción cultural de otra persona u organización y la presenta o explota como algo propio está simplemente robando (un asunto diferente, y fuente de discusiones, es el tipo, importe o la duración de esas recompensas).

Pero, temo, la polémica en torno a la apropiación cultural en el caso de Rosalía no va por ahí −aunque, como comentaré al final, el beneficio económico subyace a ese planteamiento−. En ese caso, creo que la idea es la siguiente: hay expresiones culturales que pertenecen a un pueblo, etnia, región o país y solo los que pertenecen a esa colectividad pueden explotarlas. Esta idea, sin duda, es más interesante desde el punto de vista sociológico. En este caso, la idea es que un género como el flamenco pertenece a, la Mala dixit, “la comunidad gitana” o al “pueblo andaluz”. Y, en consecuencia, solo ellos pueden explotar dicho género.

Este tipo de asertos tiene mucho que ver con la deriva del nacionalismo en nuestro país, y en muchos otros, y a las políticas de identidad cultural. Los movimientos políticos regionalistas y nacionalistas tras el descrédito de las teorías raciales posterior a la Segunda Guerra Mundial, buscaron su base en la idea de una cultura regional o nacional de carácter esencialista. En consecuencia, las expresiones culturales de dichas regiones y pueblos tuvieron que solidificarse e inventariarse. Es decir, convertirse en algo sustantivo en lo cual basar las reivindicaciones políticas. Y eso implicaba negar, o al menos minimizar, los fenómenos de fusión, hibridación y superación de fronteras que son consustanciales a todo fenómeno cultural.

Al final, claro está, se termina pensando que la cultura “pertenece” a algún tipo de colectivo. Y que solo ese colectivo tiene derecho a explotar los fenómenos que le son propios. Solo  los andaluces o los gitanos pueden hacer flamenco o versionar el flamenco. Este tipo de argumentos suenan bien al oído acostumbrado a la retórica nacionalista (ese nacionalismo banal). Sin embargo, caen por su propio peso. El rock and roll surgió entre la comunidad negra de los Estados Unidos, posteriormente se difundió entre el resto de la población de ese país y más tarde en todo el planeta. De hecho, ese género musical se practica en todo el mundo y ha sido fusionado con todo tipo de músicas locales. ¿Considerarán los afroamericanos que los blancos estadounidenses se han apropiado de su cultura musical? ¿Creerán los estadounidenses que el resto del mundo se ha apropiado de su cultura? ¿Solo los estadounidenses, o solo los negros estadounidenses, pueden hacer rock and roll y lucrase haciéndolo?

Si la respuesta es afirmativa propondría la creación de una “Denominación de origen protegida (DOP)” para la música. Así, las canciones de la Mala Rodríguez en Spotify podrían llevar la etiqueta “Sonidos de Andalucía”, pues ella es andaluza, y las de Rosalía no, ya que es catalana. También incluso podríamos exigir a las autoridades, llevando el argumento más allá, que legislen para que los que no son andaluces o gitanos no puedan hacer flamenco. En ambos casos podemos preguntarnos: ¿mejorará algo la calidad de la música que se hace?, ¿tiene algo esto que ver con la creatividad cultural?, o ¿debemos impedir que haya bailaores y cantaores japoneses? Vuelvo brevemente al tema económico, como dije antes, ¿no subyace en este planteamiento cierto proteccionismo económico?

Resumo y concluyo. La apropiación cultural parece negativa, desde un punto liberal o socialdemócrata, cuando se trata del robo de creaciones individuales o colectivas con nombres y apellidos: la novela de la escritora x o una canción del grupo y. Porque son de un modo directo los creadores de ese producto cultural (siempre, sea dicho de paso, apoyados en los hombros de gigantes de autores y tradiciones anteriores). Sin embargo, que un cuerpo indefinido como una etnia, una región o una nación se arrogue la titularidad de todo un género cultural es, cuanto menos, peliagudo (cuando una multinacional se queda con los derechos de autor de una canción popular nos tiramos de los pelos). ¿Debería el Estado español demandar a Terry Gilliam por haber hecho una película titulada El hombre que mató a Don Quijote? ¿No deberían ser solo los españoles los únicos con derecho a producir películas sobre nuestro más insigne antihéroe?

Menos mal que los creadores, los auténticos creadores, no reconocen las fronteras.